EN BANC
[G.R. No. L-858. January 18, 1950. ]
EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante y apelado, contra GREGORIO HONTAÑOSAS, acusado y apelante.
D. Agapito Y. Hontañosas en representacion del apelante.
El Primer Procurador General Auxiliar Sr. Roberto A. Gianzon y el Procurador Sr. Inocencio Rosal en representacion del Gobierno.
SYLLABUS1. DERECHO PENAL; TRAICION; CAPTURA Y SUPRESION DELA GUERILLA. — Hay un hecho que se destaca constantemente en este asunto y es que el acusado iba siempre armado con revolver. Sabiendo que el, como ciudadano filipino, debia lealtad al Gobierno de su pais, ayudo, sin embargo, al ejercito japones en la captura y supresion de la guerilla, que era parte integrante y necesaria en la guerra de resistencia, con infraccion del articulo 114 del Codigo Penal Revisado. Cger a las guerillas era ayudar al enemigo.
D E C I S I O N
PABLO, J.:
El acusado apela contra una decision del Tribunal del Pueblo que le condeno a reclusion perpetua con las accesorias, pagar una multa de P15,000 y las costas.
De las pruebas obrantes en autos encontramos que el acusado, desde el 1.