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PHILIPPINE SUPREME COURT DECISIONS

EN BANC

[G.R. No. L-2957. April 21, 1951. ]

EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante-apelado, contra AMBROSIO DELGADO, acusado-apelante.

El Procurador General Sr. Felix Bautista Angelo y el Procurador Sr. Ramon L. Avanceña, en representacion del apelado.

D. Angel Marave, en representacion del apelante.

SYLLABUS


1. DERECHO PENAL; PENAS; CIRCUMSTANCIA ATENTUANTE DE FALTA DE INTENCION DE CAUSAR UN MAL DE TANTA GRAVEDAD COMO EL QUE SE HA PRODUCIDO; TRAICION. — Apareciendo que las varias veces en que el acusado ayudo de una manera activa y con marcada adhesion al ejercito japones desmienten la pretendida falta de intencion de causar un mal de tanta gravedad, la atenuante invocada por la defensa es insostenible.


D E C I S I O N


PABLO, M. :


El acusado apela contra una condena impuesta a el por el Juzgado de Primera Instancia de Laguna a la pena de life imprisonment (reclusion perpetua), con las accesorias, multa de P10,000 y costas.

La querella presentada contra el acusado contiene 16 cargos. La acusasion presento pruebas en apoyo de los cargos 1, 5, 6, 7, 9, 11, 12, 13 y 16; pero solo fue hallado culpable por los hechos alegados en los cargos 1, 5, 7, 11, 12 y 13.

Cargos 1 y 5. — En diciembre de 1944, el acusado y otros filipinos organizaron una unidad del Makapili en Calauan, Laguna, con el proposito de cooperar y ayudar a las fuerzas del Imperio Japones, y desde entonces el acusado, como espia y como miembro del Makapili, con cuartel en la casa de su hermano Proceso Delgado, solia aparecer armado con rifle japones en p
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