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PHILIPPINE SUPREME COURT DECISIONS

EN BANC

[G.R. No. 46865. January 29, 1940. ]

EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante-apelado, contra LEON R. PAMATI-AN, acusado-apelante.

Don Ed. Reyes Cristobal en representacion del apelante.

El Procurador General Sr. Ozaeta y el Auxil1ar del Procurador General Sr. Cuyugan en representacion del Go bierno.

SYLLABUS


1. DERECHO PENAL Y PROCEDIMIENTE CRIMINAL; DELITO COMPLEJO DE FALSIFICACION DE DOCUMENTOS PUBLICOS Y MALVERSATION; PENA. . — El articulo 48 del Codigo Penal Revisado prescribe que en los casos de delitos complejos, se debe imponer al culpable la pena prescrita por la ley para el delito mas grave quc haya cometido, pero en su grado maximo. De entre los dos delitos cometidos por el apelante, el de falsificacion como medio, y el de malversacion como fin, esta castigado el primero con prision mayor en toda su extension y multa de no mas de P6,000 (art. 171, Codigo Penal Revisado), y el segundo, o sea malversacion, cuando la cantidad malversada es mas de P200 pero menos de P6,000, como es el caso del apelante, lo esta con prision correccional en su grado maximo a prision mayor en su grado mlnimo. (Art. 217, caso 2.
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