EN BANC
[G.R. No. 48034. February 13, 1941. ]
MARINA AGUIRRE OMAOIS, recurrente, contra JUAN NOLASCO, como Director de Bienestar Publico, ASUNCION PEREZ, como Secretaria de la Associated Charities of the Philippines, y PILAR RIVERA, como Directora de la Casa para Mujeres y Ninos, recurridos.
D. Feliciano C. Arceo en representacion de la recurrente.
El Procurador General Sr. Ozaeta y el Procurador Sr. Rosal en representacion de los recurridos.
SYLLABUS1. PATRIA POTESTAD; PERDIDA O SUSPENSION; "HABEAS CORPUS." — La patria potestad se pierde o se suspende. Se pierde (1) cuando por sentencia firme en causa criminal se impone como pena la privacion de dicha potestad (art. 169, l.