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PHILIPPINE SUPREME COURT DECISIONS

SECOND DIVISION

[G.R. No. 47281. April 25, 1941. ]

Testamentaria del finado Francisco Momblan. ALEJANDRO MALLARI, opositor y apelante, contra MANUEL ESTIPONA, recurrente y apelado.

D. Ramon Diokno en representacion del apelante.

D. Manuel Estipona en su propia representacion.

SYLLABUS


1. ALBACEAS Y ADMINISTRADORES; HONORARIOS DE UN ABOGADO. — Para que un abogado puede cobrar honorarios con cargo a los bienes de un difunto, es necesario que aquel haya sido empleado, como tal, por el administrador, lo que no es el caso de autos. De las mismas alegaciones del apelado, asi como del auto del Juzgado a quo, que le adjudicaba la suma de P700, en concepto de honorarios por servicios prestados, se deduce que estos no fueron solicitados ni empleados por el administrador de los bienes del finado F.M. En varias decisiones de este Tribunal, entre ellas, la dictada en la causa de Dacanay contra Hernandez (53 Jur. Fil., 879) se ha declarado que, para que un abogado puede reclamar contra la administracion de los bienes de un difunto el pago de sus servicios, es preciso que estos hayan sido reclamados por el administrador para beneficio y proteccion del intestado o testamentaria del finado.


D E C I S I O N


HORRILLENO, M. :


Este asunto se halla ante Nos en virtud de la apelacion interpuesta por Alejandro Mallari contra el auto del Juzgado de Primera Instancia de Sorsogon, en que se ordenaba al intestado de los bienes del difunto Francisco Momblan a pagar la suma de P700 al apelante Manuel Estipona, en concepto de honorarios por servicios prestados por el mosmo en dicho intestado.

La cuestion que se nos somete es esta;
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