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PHILIPPINE SUPREME COURT DECISIONS

EN BANC

[G.R. No. 48367. October 22, 1941. ]

AGAPITO CESAR, recurrente, contra MODESTO ABAYA y PIO M. FAJARDO, Juez de Guardia del Juzgado de Primera Instancia de Isabela, recurridos.

D. Miguel G. Concepcion en representacion del recurrente.

Sres. Hill y Falgui en representacion de los recurridos.

SYLLABUS


1. PROCEDIMIENTO ELECTORAL; PERFECCIONAMIENTO DE UNA APELACION; PRESTACION DE LA FIANZA O DEPOSITO EN EFECTIVO DENTRO DEL PLAZO DE CINCO DIAS; CASO DE AUTOS. — El recurrente no ha perfeccionado su apelacion, prestando la fianza o deposito en efectivo, que la ley requiere, dentro del plazo de cinco dias, fianza o deposito que son necesarios para que una apelacion en un procedimiento electoral, como en este caso, pueda ser admitida (art. 174, Codigo Electoral). Consta que el recurrente no ha prestado fianza ni hecho el deposito en efectivo dentro del mencionado plazo. Siendo esto asi, se declara que el Tribunal a quo obro con acierto al no admitir y dar curso a la apelacion.


D E C I S I O N


HORRILLENO, M. :


Agapito Cesar, el recurrente, y Modesto Abaya, uno de los recurridos, fueron candidatos para el cargo de Alcalde del municipio de Cordon, Provincia de Isabela, en las elecciones verificadas el 10 de diciembre de 1940. El recurrente fue proclamado electo para dicho cargo, y tomo posesion del mismo el 31 del mencionado mes de diciembre. Abaya promovio un recurso de quo warranto contra aquel, causa civil No. 1651 del Juzgado de Primera Instancia de Isabela, el dia 14 del repetido mes de diciembre, alegando, como fundamento del recurso, que dicho recurrente era inelegible, puesto que en 1927 habia sido acusado de adulterio y convicto del mismo delito, fue condenado a sufrir la pena de tres años, seis meses y veinti
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