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PHILIPPINE SUPREME COURT DECISIONS

EN BANC

[G.R. No. L-5704. June 17, 1953. ]

REGINO CRUZ, recurrente, contra EL HON. BIENVENIDO A. TAN, Juez del Juzgado de Primera Instancia de Rizal, recurrido.

D. Mariano Caragay en representacion del recurrente.

Hon. Bienvenido A. Tan en representacion de si mismo.


SYLLABUS


1. REGISTRO DE TERRENOS; CANCELACION DEL CERTIFICADO DE TITULO Y LA EXPEDICTION DE OTRO EN SU LUGAR; ERROR CLERICAL. — Si se descubre que en el certificado de transferencia de titulo aparece erroneamente el padre como dueño en zez su hijo, y este, con la conformidad de sus hermanos, pide al Juzgado que ordene al registrador de titulos que borre el nombre de su padre y que ponga su nombre en su lugar; procede ordenarse al registrador que cancele el certificado de transferencia de titulo y en su lugar expida otro a nombre de dicho hijo. (Ley No. 496, art. 112.)

2. ID.; ID.; ID.; — El peligro de que otras partes intersadas puedan ser privadas de su derecho si no se ordena al mocionante que incoe una accion ordinaria, es remoto, estado los coherederos conformes con las alegaciones de la mocion (Cavan contra Wislizenus, 48 Jur. Fil., 671). Por otro lado, la promocion de un intestado es innecesaria si los coherederos pueden amigablemente repatirse los bienes si y el finado no tiene deudas (Regla 74, art. 1
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